Con fundamento en lo establecido en el Artículo 8 de la Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y vivienda del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. - Corresponde a los Municipios, Formular y administrar la zonificación contenida en los programas municipales de desarrollo urbano, así como controlar, autorizar, administrar y vigilar la utilización del suelo, usos, destinos, provisiones y reservas en sus jurisdicciones territoriales. El H. Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz, a través de la Dirección de Obras Públicas, tiene por objeto normar y regular el Municipio de Orizaba, respecto del ordenamiento territorial, en lo referente a:.
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Población
Actividades económicas
La Carta Urbana de Usos de suelo, contiene precisamente la distribución equilibrada de los diferentes usos y compatibilidades, que se presentan en el Municipio de Orizaba, el cual debido a su ubicación geográfica, se ha convertido en el centro de actividades comerciales, laborales, sociales, turísticas, entre otras, de los Municipios de la Zona Metropolitana de Las Montañas; y siendo éste, un Municipio comprometido con el desarrollo sustentable, impulsa la importancia la observancia de las disposiciones legales, de conformidad con la normatividad vigente.